Prohibido Buzoneo Masivo en Leganés

Hacer de Leganés "una ciudad aún más agradable para vivir". Éste es el principal objetivo de la nueva ordenanza sobre el civismo y la convivencia ciudadana de Leganés, en palabras de la concejala de Participación Ciudadana, Laura Oliva.

Está prohibido escupir, sacudir el mantel por la ventana o hacer pintadas.
 
La normativa, aprobada la semana pasada, castiga con multas de hasta 3.000 euros comportamientos incívicos como escupir en la calle, sacudir el mantel por la ventana o hacer pintadas.

Pero uno de sus puntos más novedosos es que ofrece a los ciudadanos la posibilidad de blindarse contra la publicidad masiva en los buzones.

Advertencia: no dejar publicidad

Se trata de un sistema pionero en la región que, según Oliva, ya ha puesto en marcha con éxito en el Ayuntamiento de Palma de Mallorca. Las comunidades de vecinos interesadas deberán pedir al Ayuntamiento un distintivo oficial para exhibir en el portal.

En él se advertirá que el edificio, en virtud del artículo 13 de esta ordenanza, "no admite publicidad indiscriminada". Así, los vecinos tendrán una base legal para denunciar a los anunciantes si éstos no respeten su decisión de no recibir propaganda.

Leganés (181.000 habitantes) se ha convertido en la segunda ciudad madrileña en tener una normativa específica contra el incivismo. La pionera fue Fuenlabrada (195.000), que la estrenó en junio de 2004.

El año pasado, la Policía fuenlabreña tramitó 302 denuncias por incumplir esta ordenanza, la mayoría por no recoger la caca del perro o llevar animales sueltos (156) o daños a la vegetación (54). Ambos municipios están gobernados por el PSOE.

Madrid, sin ordenanza específica

De momento, la capital no tendrá una ordenanza específica de convivencia, ya que el Ayuntamiento considera que no es necesario reunir en un único texto los artículos que ya hay distribuidos en normativas de distintos departamentos.

Barcelona tiene desde enero una ordenanza de convivencia.
 
Sí optó por crear una ordenanza de convivencia Barcelona, que aprobó a finales del año pasado una normativa que entró en vigor en enero. Contempla multas de hasta 3.000 euros y castiga la mendicidad agresiva, la prostitución conflictiva y comprar en el top manta.

Queda prohibido...
  • Hacer pintadas: Excepto los murales artísticos con autorización del propietario y el Ayuntamiento.
  • Grabar la corteza de los árboles: O trepar a ellos, pisar el césped, sacar arena de los parques...
  • Ensuciar la calle:Orinar, escupir, defecar, limpiar el coche en la vía... Dejar la caca del perro está prohi-bido por otra ordenanza (la de tenencia de anima-les), por lo que no hay referencia explícita a ello en la nueva normativa.
  • Sanciones:Hasta 3.000 (muy graves), 1.500 euros (graves) o 750 (leves), en función de la reincidencia, intensidad y número de afectados. Sustituible por trabajos voluntarios.
Fuente: http://www.20minutos.es/noticia/119550/0/ordenanza/prohibe/buzoneo/

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